En tu factura de la luz hay dos impuestos: el impuesto especial sobre la electricidad (impuesto eléctrico) y el IVA. Juntos suponen más de una cuarta parte de lo que pagas sobre el coste de la energía y la potencia. En 2026 han cambiado de tipo durante el año, así que conviene saber qué se aplica hoy y cómo se calcula.
Situación en octubre de 2026
| Impuesto | Tipo aplicable | Se calcula sobre |
|---|---|---|
| Impuesto eléctrico | 5,11269632 % | Término de potencia + término de energía |
| IVA | 21 % | Potencia + energía + impuesto eléctrico + alquiler de contador (+ servicios) |
Contexto: en marzo de 2026 el Real Decreto-ley 7/2026 rebajó el IVA de la luz al 10 % para potencias de hasta 10 kW y el impuesto eléctrico a su mínimo. La rebaja dependía de que los precios siguieran altos; como el precio de la electricidad bajó, desde el 1 de junio de 2026 el IVA volvió al 21 % y el impuesto eléctrico al 5,11 %. Las facturas que abarcan mayo y junio prorratean ambos tipos según los días.
Los tipos impositivos cambian por decisiones del Gobierno. Si lees esto más adelante, comprueba el tipo vigente en tu última factura o en la información oficial.
Cómo se calcula, paso a paso
Ejemplo con 4,6 kW, 30 días y 280 kWh (precios redondos, sin descuentos):
- Potencia: 4,6 × 30 × 0,10 €/kW/día = 13,80 €
- Energía: 280 × 0,14 €/kWh = 39,20 €
- Impuesto eléctrico: (13,80 + 39,20) × 5,11269632 % = 2,71 €
- Alquiler del contador: 0,81 €
- Base imponible: 13,80 + 39,20 + 2,71 + 0,81 = 56,52 €
- IVA 21 %: 11,87 €
- Total: 68,39 €
Fíjate en que el IVA se aplica también sobre el impuesto eléctrico. Con el IVA al 10 %, esa misma factura habría pagado unos 6 € menos de IVA.
El mínimo del impuesto eléctrico
La ley fija una cuota mínima del impuesto eléctrico por cada MWh consumido (0,5 € por MWh en consumos domésticos y 1 € por MWh en otros usos). Si el 5,11 % calculado sale por debajo de ese mínimo, se paga el mínimo. En la práctica solo pasa con consumos y precios muy bajos o durante rebajas temporales del tipo.
¿Puedo pagar menos impuestos?
Como particular, no directamente: los tipos son los mismos para todos. Lo que sí puedes hacer es reducir la base sobre la que se aplican:
- Bajar la potencia contratada si te sobra (ver cuánta potencia contratar).
- Consumir menos o en horas más baratas.
- Quitar servicios añadidos, que también llevan IVA.
Los autónomos y empresas pueden deducirse el IVA soportado de la parte de suministro afecta a su actividad. Lo explicamos en tarifas de luz para autónomos.
Otros conceptos que no son impuestos
- Alquiler del contador: precio regulado si el equipo es de la distribuidora.
- Peajes y cargos: van dentro de los precios de potencia y energía; no aparecen separados en muchas ofertas libres.
- Financiación del bono social: en el PVPC aparece como un importe diario pequeño.
Preguntas frecuentes
¿Qué IVA tiene la luz en octubre de 2026?
El 21 %. En 2026 se aplicó temporalmente un 10 % a los suministros de hasta 10 kW, pero desde el 1 de junio de 2026 se volvió al tipo general del 21 %.
¿Cuánto es el impuesto eléctrico?
El tipo general es del 5,11269632 % sobre la suma de potencia y energía, con un importe mínimo por kWh. En 2026 estuvo rebajado unos meses y desde junio vuelve al tipo general.
¿Sobre qué se aplica el IVA?
Sobre la suma de potencia, energía, impuesto eléctrico y alquiler del contador, y sobre los servicios adicionales que incluya la factura.